Jornada laboral de 10 horas en Ecuador podrá aplicarse dentro de la distribución semanal de 40 horas, según el acuerdo emitido por el Ministerio del Trabajo y publicado en el Registro Oficial el 10 de marzo de 2026.
La medida se establece mediante el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, que regula el procedimiento de autorización de turnos y horarios especiales de trabajo, permitiendo una mayor flexibilidad en la organización de la jornada laboral.
Flexibilización en la distribución de la jornada
De acuerdo con el documento oficial, la jornada laboral de 40 horas semanales podrá distribuirse en jornadas de hasta 10 horas diarias, siempre dentro de un esquema de cinco días de trabajo a la semana.
El acuerdo señala que esta distribución deberá realizarse de forma dinámica y eficiente, permitiendo que empleadores y trabajadores ajusten los horarios de acuerdo con las necesidades de cada actividad productiva.
Pago de horas extras
El acuerdo también establece que los recargos por horas suplementarias o extraordinarias, incluidas las nocturnas, se aplicarán únicamente cuando el trabajador haya superado las 40 horas de trabajo semanales.
Esto significa que, aunque un trabajador cumpla jornadas de hasta 10 horas en un día, no se considerará tiempo extra si el total semanal no supera el límite legal establecido.
Acuerdo entre empleador y trabajador
La normativa indica que la distribución de la jornada deberá ser acordada entre ambas partes.
Además, el nuevo esquema deberá constar de forma expresa en el contrato de trabajo o en una adenda al contrato principal, modificando la jornada originalmente pactada.
Foto tomada de la cuenta de X del Ministerio de Trabajo


