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¿Sacada de vuelta?

Actores Productivos

El Decreto Supremo 016-2020-PRODUCE, emitido en agosto de 2020, exige a los barcos extranjeros que realizan actividades pesqueras de recursos hidrobiológicos transzonales en alta mar (léase pota o calamar gigante), tener operativo el Sistema de Seguimiento Satelital – SISESAT, del Ministerio de la Producción y transmitir el posicionamiento de los seis meses anteriores a su reporte de ingreso, si es que desean acceder y realizar operaciones en puertos y astilleros peruanos. Esta norma, que demoró muchos años en ser aprobada por el Estado peruano, determina que las embarcaciones (de origen asiático) que capturan esta especie, deben demostrar objetivamente que cumplen las normas que sus propios países se han comprometido a observar.

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A más de dos años de la entrada en vigor de esta medida, no se tienen registros masivos de la instalación de dispositivos satelitales en aquellas flotas industriales de aguas distantes que, hasta antes de la norma, entraban a puertos nacionales en un promedio de doscientas naves al año, muchas sindicadas por tener comportamientos que podrían estar relacionados con pescar ilegalmente dentro de mares jurisdiccionales de países de la región, como lo denunciaron pescadores e investigadores. De esta manera, hacían logística en nuestro país para extraer pota ilícitamente y competir deslealmente contra el Perú en los mercados del mundo.

Instituciones como Global Fishing Watch o HawkEye360 identificaron que muchas de estas naves apagaban sus equipos satelitales para, presuntamente, entrar a pescar calamar gigante de manera furtiva en nuestro dominio marítimo.

El decreto comentado, puso un freno a esta proliferación de posibles buques infractores en nuestras facilidades portuarias cuya presencia se redujo a tan solo una media de 20 embarcaciones anualmente. En el contexto del combate a la pesca ilegal, el hecho que estos barcos se hayan abstenido de ingresar a puertos peruanos es una buena noticia, pero no indica buena conducta sino temor a ser descubiertos por nuestro sistema de observación.

Se sabe que hay grupos interesados que desarrollan denodados esfuerzos para “flexibilizar” este dispositivo legal. Estudios de abogados y asesores especializados procuran elaborar una modificación que abra una ventana para perforar y burlar la contundente medida vigente. Naturalmente, es muy sencillo identificar quiénes serían los únicos beneficiarios. Por ello, más que nunca, hay que ser diligentes para evitar retrocesos en nuestro estándar de monitoreo, control y vigilancia; que podrían generar una gran convulsión en el sector pesquero nacional.
Pero esto no es lo único. La mayoría de las dos decenas de pesqueros de aguas distantes que siguen ingresando al Perú, utilizan una modalidad que, por su naturaleza, debe solo usarse por caso fortuito o de fuerza mayor: los arribos forzosos. Entre enero de 2021 y mayo de 2022, doce naves han ingresado al Perú bajo esta figura. Las actas de inspección, que deben realizarse bajo el modelo indicado por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP-PS) señalan, sin embargo, además de razones humanitarias, asuntos administrativos inadmisibles en este contexto como, por ejemplo, la renovación de certificados. En otros casos, carecen de la información mínima para justificar los arribos forzosos, pero fueron admitidos. Estarían explorando una modalidad para burlar nuestra vigilancia. Todo huele a sacada de vuelta, a un ardid para evadir la obligación y a heraldos ataviados con finas sedas.

Debemos profundizar la investigación de estas tenebrosas rendijas por las que podrían escabullirse miles de toneladas de pota, el principal recurso de la pesca artesanal y uno de los pilares de nuestra seguridad alimentaria. Esta es solo la primera clarinada de alerta.

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