La prohibición de productos ecuatorianos en Colombia comenzó a aplicarse desde el 24 de febrero de 2026 por vía terrestre, tras la emisión del Decreto N° 0170 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de ese país. La medida restringe el ingreso de 30 subpartidas arancelarias de alimentos provenientes de Ecuador y se suma al cobro del arancel recíproco del 30% anunciado previamente por el gobierno colombiano.
El decreto fue emitido el 20 de febrero y publicado el 23 de febrero de 2026 en el Diario Oficial de Colombia. En su artículo 2, establece la prohibición de ingreso por los principales pasos fronterizos terrestres: Ipiales, en el departamento de Nariño —donde se ubica el Puente Internacional de Rumichaca— y Puerto Asís, en Putumayo. También impacta el cruce de San Miguel, que conecta Putumayo con la provincia ecuatoriana de Sucumbíos.
Productos afectados
Entre los productos ecuatorianos incluidos en la restricción se encuentran:
- Arroz
- Plátano (fresco y seco)
- Banano variedad orito
- Aguacate Hass
- Coco (fresco y seco)
- Papa (fresca o refrigerada)
- Cebollas y ajos
- Tomate
- Legumbres (lentejas, arvejas)
- Maracuyá
- Camarones y langostinos
- Peces vivos (truchas y otros)
Además, el decreto incluye la prohibición de ingreso terrestre de sustancias químicas como ácido clorhídrico, éter dietílico y tolueno, señaladas como insumos potenciales para la producción ilícita de estupefacientes.
Sanciones y medidas de control
Según el documento oficial, el incumplimiento de la restricción derivará en la aprehensión de la mercancía y del medio de transporte, además de la aplicación de sanciones sin posibilidad de legalización posterior o reembarque.
Contexto de tensión comercial
La decisión forma parte de la escalada comercial entre ambos países. El conflicto inició tras la entrada en vigencia, el 1 de febrero, de la denominada “tasa de seguridad” impuesta por Ecuador, que estableció un arancel del 30% a importaciones colombianas.
En respuesta, Colombia suspendió la venta de electricidad a Ecuador y anunció la aplicación del arancel recíproco del 30%, el cual comenzó a cobrarse oficialmente esta semana.
La prohibición terrestre de productos ecuatorianos representa un nuevo capítulo en la tensión bilateral y podría generar efectos directos en productores agrícolas, exportadores y comerciantes fronterizos.
FOTO: Fuente Ministerio de Agricultura


