
Mediante un Comunicado Oficial el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), exhortó a los actores de la cadena de producción e industrialización de lácteos a cumplir con el precio que establece la ley.
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La Ley Orgánica para Fomentar la Producción, Comercialización, Industrialización, Consumo y Fijación del Precio Justo de la Leche y sus Derivados establece (Art. 24) el “precio mínimo de sustentación de litro de leche cruda pagada en finca, mismo que es indexado”. Por tanto, su aplicación es de carácter obligatorio.
En la ley se define que el precio de sustentación al productor de leche cruda se indexa en un 52.4% del precio de venta al público de la leche UHT en funda en el mercado nacional más componentes como: calidad higiénica y calidad sanitaria.
El comunicado asegura que el MAG mantendrá los controles para que se dé cumplimiento a la ley y, de detectar cualquier acto contrario a la norma, tomará las medidas que en derecho correspondan.