Advertisement

Tasa aduanera a importaciones desde Colombia queda eliminada desde el 1 de junio

La tasa aduanera a importaciones desde Colombia fue eliminada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador mediante la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0051-RE, emitida en Guayaquil el 31 de mayo de 2026. La medida entra en vigencia a partir de este 1 de junio de 2026 y aplica para mercancías provenientes u originarias de la República de Colombia.

La resolución deroga la normativa anterior relacionada con la tasa por servicio aduanero por concepto de control aduanero aplicable a mercancías que ingresaban desde Colombia. Con esta decisión, los usuarios de comercio exterior deberán considerar la actualización dentro de sus procesos de importación, costos logísticos y planificación operativa.

¿Qué establece la resolución?

El documento oficial dispone la derogatoria de la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0031-RE, del 9 de abril de 2026, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Nro. 262 del 10 de abril de 2026.

Esa resolución había actualizado la tasa por servicio aduanero vinculada al control de mercancías que ingresaban desde Colombia. Con la nueva disposición, dicha tasa queda sin efecto desde el 1 de junio de 2026.

Vigencia de la medida

En las disposiciones finales, el SENAE establece que la resolución entrará en vigencia a partir de este 01 de junio de 2026, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

También se encarga a la Dirección de Secretaría General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador la difusión interna de la resolución y la gestión correspondiente para su publicación en los canales oficiales.

Antecedentes normativos

La resolución recoge que, durante 2026, el SENAE había emitido varias disposiciones relacionadas con esta tasa. Entre ellas constan la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0006-RE, publicada el 30 de enero de 2026; la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0017-RE, publicada el 28 de febrero de 2026; y la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2026-0031-RE, publicada el 10 de abril de 2026.

El nuevo documento señala además que el Ministerio de Economía y Finanzas emitió el dictamen favorable para que el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador proceda con la derogatoria de la tasa por servicio aduanero.

Impacto para usuarios de comercio exterior

La eliminación de esta tasa puede representar un cambio relevante para importadores, operadores logísticos, agentes de aduana, transportistas y empresas que mantienen operaciones comerciales con Colombia.

El efecto práctico dependerá del tipo de mercancía, frecuencia de importación, costos asociados y estructura logística de cada empresa. Sin embargo, para los usuarios de comercio exterior, la medida implica una actualización inmediata en los procesos de cálculo de costos y trámites aduaneros.

Comercio entre Ecuador y Colombia

Colombia es uno de los principales socios comerciales de Ecuador en la región andina. Por ello, cualquier modificación relacionada con tasas, controles o procedimientos aduaneros puede tener incidencia en empresas importadoras, cadenas de abastecimiento, sectores productivos y comercio transfronterizo.

La eliminación de la tasa no elimina otros requisitos aduaneros, tributarios, sanitarios, técnicos o documentales que puedan aplicar según el tipo de producto. Los operadores deberán revisar la normativa vigente y los procedimientos correspondientes antes de realizar sus operaciones.

Recomendación para operadores

Los usuarios de comercio exterior deben revisar sus procesos internos, consultar con sus agentes de aduana y verificar la aplicación de la resolución en el sistema correspondiente.

También es recomendable mantener seguimiento a las publicaciones oficiales del SENAE y del Registro Oficial para confirmar cualquier lineamiento adicional relacionado con la implementación de la medida.

FUENTE

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *